En consecuencia, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos YUSVELI COROMOTO MEDINA DIAZ y MARIO IVO ALFONSO VILLAMIZAR COLMENAREZ, plenamente identificados en autos, en fecha Veintiuno (21) de Noviembre del Dos Mil Dieciseis (2016), por ante el Registro Civil del Municipio Paez del Estado Portuguesa, según consta en acta N° 0548.
Publíquese, regístrese y déjese copias certificadas.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Acarigua, 09 de Noviembre del 2022.
La Juez Provisorio,
Abg.TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO.
La Secretaria Titular,
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