Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR, la presente demanda de Rectificación de Acta de Defuncion, intentada por el ciudadano IVAN ANTONIO RAMOS YGARZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-12.0009.241, SEGUNDO: Se ordena al Registro Civil del Municipio Páez, Estado Portuguesa a estampar la correspondiente nota marginal a los fines de la rectificación del Acta de Defuncion inserta en fecha 14 de Febrero de 2020 bajo el N° 058, en los Libros de Registro de Defuncion llevados por ese Registro, donde se omite el nombre de los hijos o familiares, donde no se manifesto que existia un hijo quedando dicho espacio en blanco, siendo lo correcto que existe un h.....