DECISIÓN
Visto el convenimiento efectuado por la Ciudadana BERNARDA LAGUNA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-2.707.638, domiciliados en La Urbanización 24 de Julio, calle 01, sector 02, casa N° 09, Municipio Araure del Estado Portuguesa, debidamente asistida por la Abogada OCARINA PAOLA COLMENAREZ FIGUEROA, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-21.058.893 inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 224.793, parte demandada en la presente causa, por cuanto se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y que lo convenido ha sido en forma autentica, sin términos ni condiciones, ni modalidades y que son derechos disponibles de las partes, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y.....