DECISIÓN
Visto el convenimiento efectuado los ciudadanos LISBET COROMOTO SALCEDO COLMENAREZ, JUANA MAXJOIRE SALCEDO COLMENAREZ, VICENTE COROMOTO SALCEDO COLMENAREZ, NERIA BEATRIZ SALCEDO COLMENAREZ Y TERESA ZORAIMA SALCEDO COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de Identidad Nº V-5.948.362, V-5.948.098, V-5.948.099, V-7.597.146 y V-9.837.525, respectivamente, asistido por la Abogada en Ejercicio TERESA SALCEDO, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.837.525 inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 129.665, parte demandada en la presente causa, por cuanto se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y que lo convenido ha sido en forma autentica, sin términos ni condiciones, ni modalidades y que son derechos disponibles de las partes, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUE.....