Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio interpuesta por los ciudadanos JOSEFINA DEL CARMEN FERNANDEZ DE BRICEÑO y JOAQUIN EUGENIO BRICEÑO ADAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números. V-9.839.079 y V-7.548.879, respectivamente, domiciliada la primera de los nombrados en la Avenida los Agricultores con calle 30 edificio D´ Paola, Apartamento N° 03, Acarigua, municipio Páez del estado Portuguesa, y el segundo en Avenida 33, con calle 32 y 33, sector Colombia I, Acarigua municipio Páez del estado Portuguesa; asistidos por la Profesional del Derecho CARMEN PERAZA DE AVENDAÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 162.253, de conformidad c.....