Por las razones expuestas y sus fundamentos de derecho, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS Y BIENES, que rige entre los ciudadanos JESÚS RAFAEL TOVAR y YURIMAR DEL CARMEN HERNÁNDEZ ARANGUREN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-4.137.729 y V-16.566.741, respectivamente, debidamente asistidos por la Profesional del Derecho Abogada LINNY MARÍA SANCHEZ MELENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.184, en virtud del matrimonio contraído por ellos ante el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, en fecha ocho de noviembre del año dos mil ocho (08/11/2008), según Acta de Matrimonio N° 368. Ofíciese lo con.....