DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda REPONER LA CAUSA al estado de que este Tribunal se pronuncie acerca de la admisibilidad o inadmisibilidad de la reconvención propuesta por el abogado JESÚS ALFREDO MARRERO CAMACHO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana NERIA BEATRÍZ SALCEDO COLMENARES, en su condición de parte demandada, y en consecuencia, se declaran NULAS y SIN EFECTO, todas y cada una de las actuaciones practicadas subsiguientemente al acto de la contestación de la demanda, dejando incólume dicho acto y la presente decisión.
No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del fallo.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Te.....