D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por ciudadanos GRACIELA GREGORIA TORREALBA COLMENAREZ y JOSÉ GREGORIO DORANTE SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-9.565.044 y V-10.141.155, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados, en la urbanización La Corteza, avenida 2 casa S/Nº, y el segundo, en la urbanización La Corteza avenida 2, entre veredas 4 y 5, N° 20, ambos domicilios de la ciudad de Acarigua, municipio Páez del estado Portuguesa, asistidos por el profesional del Derecho TOMÁS MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.049.561, e inscrito en el INPREABOGADO .....