DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos, efectuada por los ciudadanos YOSKAR EVELIO RUIZ HERNANDEZ y MARIA GABRIELA QUERO VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-21.598.500 y V-17.944.925, respectivamente, domiciliados el primero en la avenida 30, entre calles 21 y 22, sector centro, casa s/n de esta ciudad de Acarigua estado Portuguesa y la segunda en la calle principal, sector las casitas, casa N° 08 de la ciudad de Araure estado Portuguesa, ya identificados; decretada por este mismo Órgano Jurisdiccional, el día 08-07-2015, según lo establecido en el artículo 189 del Código Civ.....