Se acuerda remitir copias fotostáticas de las presentes actuaciones y copia fotostática certificadas de la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 05 de agosto de 2015, inserta a los folios 69 al 73 (ambos inclusive) y de la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, de fecha 16 de noviembre de 2015, inserta a los folios 96 al 103 (ambos inclusive) del presente expediente al Tribunal de alzada, a los fines de su decisión y remítase el expediente al Juzgado de Municipio de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a quien le corresponda por Distribución a los fines de que continúe conociendo de la presente causa., luego de transcurrido el lapso previsto en el Artículo 86 del Código de Procedimiento Civil. Déjense las copias correspondientes.
La presente acta se levanta el día de hoy, 15 de diciembre del 2015, siendo las 2:30 de la tarde.