D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por las abogadas JOSEFA MIGDALIA PEREZ ALEJOS y MAURA CECILIA MEDINA ARRIECHI, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-9.565.790 y V-10.637.209, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 145.817 y 145.818, respectivamente, ambas de este domicilio, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano RAÚL GERARDO MONTAÑEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.849.680, domiciliado en la Urbanización Durigua, sector 02, calle 04, casa N° 03 de esta ciudad de Acarigua estado Portuguesa, por medio de sus .....