DISPOSITIVA
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de La Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO intentó el ciudadano JUAN CARLOS PANTOJA RODRIGUEZ, asistido por el Abogado HERNALDO JESUS LAGUNA GONZALEZ, contra los ciudadanos LUISANA RAMOS y ISMAEL DAVID GUEVARA RAMOS, todos ampliamente identificados up supra, contentivo de una venta pura y simple perfecta e irrevocable sobre un inmueble constituido la vivienda unifamiliar construida en una parcela de terreno municipal distinguida con el número 654 de la Urbanización Villa Araure, sector 12 octubre entre calle12, Araure, Municipio Araure estado Portuguesa, La parcela de terreno municipal posee un.....