D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por la ciudadana SANDRA VIVIANA QUESADA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-13.604.693, abogada en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 207.252, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano HENYERBER JAVIER PÉREZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.215.763, con domicilio en la República de Panamá, y la ciudadana YANELLY YANETH LÓPEZ CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.079.172, domiciliada en la urbanización Camburito, municipio Araure del estado P.....