DISPOSITIVA
Por estos razonamientos que este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente: CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana Nelma Tibisay Cordero Galavis contra su cónyuge el ciudadano Rafael Humberto Torres, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil de Venezuela. DISUELTO el vínculo conyugal que unía a los ciudadanos Nelma Tibisay Cordero Galavis y Rafael Humberto Torres, ambos plenamente identificados en autos, contraído ante por ante el Prefecto del Municipio Páez del estado Portuguesa, según consta de Acta de Matrimonio N° 34, en fecha veintiocho de marzo del año 1995, inserta al folio dos (3). Se ordena remitir copia certificada de la demanda y de la presente decisión a la Oficina de Registro Civil del Mu.....