DECISION
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el artículo 346 ordinal 1 del Código de Procedimiento Civil, relativo a la falta de jurisdicción en la presente demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por la ciudadana Elena Chiotakis Chirinos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro V-9.567.051, domiciliada en el Edificio Residencias La Corteza, Tercer Piso Apartamento Nro 11 Araure, Municipio Araure, estado Portuguesa, debidamente asistida de la abogada María Fernanda Rodríguez Sánchez, inscrita en el Inpreabogado N° 114.020. En consecuencia una vez quede firme la presente decisión, comenzará a transcurrir la articulación prob.....