DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Cuarto de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: LA RECTIFICACION del Acta de Defunción del ciudadano RAFAEL PEREZ, venezolano, inserta por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, Acta N° 694, del 08 de Septiembre de 1977 y archivado por ante el Registro Principal de este Estado, durante el referido año. Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la corrección del acta de defunción antes descrita, en lo que respecta al error invocado en la presente solicitud, es decir donde aparece asentado "el nombre de la cónyuge del ciudadano RAFAEL PEREZ como PACALINA MENDEZ siendo lo correcto PASCALINA DEL CARMEN SAAVEDRA DE PEREZ". Se le confiere pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo .....