Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MARTINEZ DE PEREZ IRIS MIGUELINA y PEREZ JOSE RAFAEL, antes identificados, el derecho de propiedad y posesión, sobre las mejoras o bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se deja constancia que fueron presentados los siguientes documentos: 1.) Cedúla catastral emanada de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldia Bolivariana del Municipio Araure del Estado Portuguesa de fecha 24/05/2017, 2.-) Croquis Catastral emanada de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldia Bolivariana del Municipio Araure del Estado Portuguesa de fecha 19/05/2017, 3.-) Copia simple de documento de propiedad del terreno debidamente registrado por ante la Oficin.....