DECISIÓN:
Por las razones precedentes expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la Demanda de Nulidad interpuesta por el abogado ALEXIS JOSÉ BRACHO MELÉNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.911, actuando en nombre propio y representación, asistiendo a la ciudadana ZONIA OLIMPIA BRACHO MELÉNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.869.741, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: NO HA LUGAR POR FALTA DE LEGITIMACIÓN AD-CAUSAM ACTIVA, la Demanda de Nulidad intentada por el Abogado ALEXIS JOSÉ BRACHO MELÉNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.911, actuando en nombre propio y representación, asistiendo a la ciudadana ZONIA OLIMPIA BRACHO MELÉNDEZ, titular de la cédula .....