DECISION:
Con fundamento en las consideraciones expuestas con anterioridad este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la presente DEMANDA DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano JULIO BALSA BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-9.195.867, asistido por el ABG. FERNANDO ANTONIO QUEVEDO LOPEZ, inscrito bajo el INPREABOGADO Nº 134.257, en contra del ciudadano MARCOS CONCEPCIÓN CONTRERAS QUINTANA, CONSEJO COMUNAL LA PLAZA Y LA SOCIEDAD MERCANTIL PROSEGUROS S.A.
SEGUNDO: Se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA de la DEMANDA DE NULIDAD.
TERCERO: Notifíquese al ciudadano PROCURADOR DEL ESTADO PORTUGUESA, de conformidad con el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República por reenvió expreso del artículo 33 de la .....