DECISIÓN:
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de Suspensión de los Efectos del acto Administrativo, interpuesta por la ciudadana YUDENNIS DEL VALLE SANCHEZ TORRES, titular de la cédula de identidad Nº V-14.333.697, asistido por el ABG. OSWALDO CANCINO, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.093.909, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.719, contra la FUNDACION PARA EL DESARROLLO DEL VICERRECTORADO DE PRODUCCION AGRICOLA DE LA UNELLEZ. (FUNDAUNELLEZ VPA), en la cual ordenó "reubicar de manera temporal el traslado de su persona a la Oficina de Talento Humano"
SEGUNDO: NOTIFICAR, mediante Oficio al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, de conformidad con el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procura.....