DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE CORVO URDANETA, en su carácter de co-defensor del ciudadano LUCIANO LEOPARDI LEOMBRUNI, en contra la decisión de fecha 17 de enero de 2005, mediante la cual acordó acumular la causa signada con el N° 1C-1284-04, seguida a los ciudadanos Luciano Leopardo, Víctor Manuel Muñoz y Juan Narváez, a la causa N° 1C-1292-05, instruida contra los ciudadanos José Alberto Palencia, Miguel Iván Martínez, Edgar Zambrano, Oscar Díaz Montañez y Pedro Vallejo, por extemporáneo, de conformidad con los artículos 437, literal b) y 448 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes, líbrense las boletas de notificación, devuélvanse las actuaciones principales al tribu.....