DISPOSITIVA
Por lo razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: 1.- ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada FANNY COLMENAREZ GARCIA, Defensor Público N° 8, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2° de este Circuito Judicial Penal, extensión Acarigua mediante la cual CONDENO al acusado HELIO ANTONIO PIÑERO PACHECO, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de OMAR ALBERTO JIMENEZ MELENDEZ, En consecuencia, se fija la audiencia prevista en el artículo 455 eiusdem, para que tenga lugar el décimo (10°) día hábil siguiente en que conste en autos .....