DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: SIN LUGAR el planteamiento de Nulidad Absoluta de la Acusación Fiscal por Falta de imputación Formal, interpuesto por los Abogados GEORGERI SIDARTA PUERTA GIMÉNEZ y CARMEN MARÍA BERMÚDEZ, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos VICTOR ALEXANDER LABRADOR CAMACHO y BRICEIDA DEL CARMEN ESCOBAR LEÓN, respectivamente; y SEGUNDO: CON LUGAR los recursos de apelación interpuestos, se ANULA la Sentencia recurrida, en consecuencia ordena la celebración de un nuevo Juicio Oral y Público, ante un Juez distinto del que pronunció la sentencia, de conformidad con el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, a los acusados VICTOR ALEXANDER LABRADOR CAMACHO y BRICEIDA DEL CARMEN ESCOBAR LEÓN.
Dada, firmada, se.....