DISPOSITIVA
Por las razones que se expusieron, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la INADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL POR OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL, interpuesta en fecha 31 de octubre de 2022, por la Abogada MIGDALIA COROMOTO VARGAS, en su condición de Defensora Pública Auxiliar del acusado CARLOS ENRIQUE HERNÁNDEZ MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 28.406.149, en la causa penal Nº 3J-1457-22, seguida ante el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 03, con sede en Guanare, en contra de la Abogada KIMBERLY A. GIL MATERANO, en su condición de Jueza del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 03, de este Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare, de conformidad con el numera.....