DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de revisión interpuesto en la presente causa; y SEGUNDO: Se declara la EXTINCIÓN de la pena pendiente de ejecución, ordenándose la LIBERTAD PLENA del ciudadano EDSON ALEJANDRO VALECILLO, de conformidad a los artículo 462 numeral 6 y 467 del Código Orgánico Procesal Penal, así como del artículo 2 del Código Penal en concordancia con lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Regístrese, diarícese, déjese copia y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal al Tribunal de procedencia a los fines de que tramite todo lo conducente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la.....