DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el Abogado ALI ENRIQUE SANCHEZ MONTILLA, en su carácter de defensor privado del imputado FREDDY JOSE COLINA BURGOS, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales; y SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abogado ALI ENRIQUE SANCHEZ MONTILLA, en su carácter de defensor privado del imputado FREDDY JOSE COLINA BURGOS, contra el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, extensión Acari.....