Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el literal "b" del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de junio de 2009 por la Abogada SIMARA LÓPEZ AGUILAR, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 14 de mayo de 2009 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Acarigua, mediante la cual decretó la nulidad absoluta de la acusación fiscal por falta de imputación formal del ciudadano José Enrique Martínez Padrón, y repuso la causa a la fase de investigación a los fines de que el Ministerio Público realice el acto de imputación form.....