DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JOSMAR LUIS DÍAZ TOLEDO, Fiscal Cuadragésimo Noveno del Ministerio Público a Nivel Nacional, JULENE DEL VALLE GODOY y GLADYS GRISELDA JIMÉNEZ ALVARES, Fiscales Octavas del Ministerio Público del Primer Circuito, y ANANGELINA GIL, Fiscal Sexto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en contra del auto dictado en fecha 16 de Junio de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 03, sede Guanare, en la que acordó negar la solicitud de orden de aprehensión en contra de los ciudadanos HECTOR LEON SEQUERA, LUÍS FELIPE PÉREZ SUAREZ, FABIAN ALONSO RODRÍG.....