DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: De conformidad con el artículo 38 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara SIN LUGAR la acción de HABEAS CORPUS que interpuso la AbgRosmary Vargas, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 159.273, en nombre del ciudadano ANDIS MIGUEL HURTADO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.697.505, por haberse constatado que la medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en su contra dentro del proceso penal Nº PP11-P-2018-802, fue legítimamente expedida por el Juez natural, Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 de este Circuito Judicial Penal (sede Acarigua), obrando dentro de su competencia, en d.....