DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de Septiembre de 2020, por la Abogada YULIMAR DEL CARMEN FLORES, en su condición de Defensora Privada del imputado WILFREDO MANUEL MEDINA ANDRADE, titular de la cédula de identidad Nº V-24.935.244, contra la decisión dictada y publicada en fecha 08 de Septiembre de 2020, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 02 del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en la causa penal Nº PP11-P-2018-001945, conforme a lo preceptuado en el artículo 428 literal "c" en relación con los artículos 314 parte in fine, 423, 432 y 439 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, pu.....