Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ZOILA ROSA FONSECA BUENDÍA, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público Con Competencia en Materia de Drogas, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, en fecha 22 de octubre de 2008, mediante la cual decreto el Sobreseimiento de la Causa y acuerda la Libertad Plena del ciudadano CARLOS ALFREDO GÓMEZ RIVERO, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO..