DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación ejercido por los ciudadanos NELSÓN JOSÉ PÉREZ MONTILLA Y MARCOS PISSELI RIVERO, en su carácter de representantes legales de los ciudadanos (SE OMITE POR RAZONES DE LEY), asistidos por el ABOGADO LUÍS JAVIER BARAZARTE SANOJA, contra la decisión de Amparo Constitucional dictada por la Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, de este Circuito Judicial Penal, publicada en fecha 12/05/2010.