DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1.- Declara parcialmente CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada GLAIZA REYES DE ESPAÑA, en su carácter de Fiscal Provisorio Tercero del Ministerio Público con competencia en Materia de Defensa Ambiental de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. 2.- Que el procedimiento a seguir, en los casos de delitos ambientales, debe ser determinado en primer lugar, por el Ministerio Público; y, en segundo lugar, por el Juez de Primera Instancia en lo Penal, quienes deben sopesar jurídicamente el hecho generador del peligro o daño ambiental de que se trate y la pena aplicable, es decir, que se debe proceder casuísticamente al momento de determinar el procedimiento aplicable, en virtud de la celeridad procesal que atañe.....