Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la demanda que incoaron los abogados MARINO ARDILA ZAMBRANO y VIRGINIA MOLINA GUTIERREZ, en su carácter de Defensores Privados de los ciudadanos GIL BRAVO MARIA GABRIELA y BARRIOS UZCÁTEGUI GREY ZAIN, por la declaratoria sin lugar del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a cargo de la Jueza ELIZABETH RUBIANO HERNÁNDEZ, de las nulidades planteadas en denuncia por violación al derecho a la defensa y al debido proceso de parte del Ministerio Público, al no imputarse a la ciudadana María Gabriela Gil Bravo así como al ciudadano Grey Zaín Barrios Uzcátegui; al no procurar, agregar o justificar la n.....