Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por las abogadas RUTH ROMERO BERMÚDEZ y CARMEN AHIDEE VARELA, en sus carácter de Fiscal Principal y Auxiliar de la Fiscalia Segunda del Ministerio Público con sede en Guanare, en materia de Salvaguarda, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales del estado Portuguesa, contra la decisión de fecha 04 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare. SEGUNDO: Impone al imputado PAREDES OVALLOS CARLOS ALBERTO, la medida cautelar sustitutiva establecida en los numerales 3 y 4 el artículo 256 del referido texto, es decir, presentación periódica cada 15 días ante .....