DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación con efecto suspensivo invocado en fecha 12 de julio de 2021 y formalizado en fecha 21 de julio de 2021 por el Abogado EUGENIO MOLINA BRIZUELA, en su condición de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público del Segundo Circuito del Estado Portuguesa, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha 12 de julio de 2021, por el Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en la causa penal Nº PP11-P-2016-011396, con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar; por cuanto no fue formalizado en.....