DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR recurso de apelación interpuesto en fecha 16/06/2008 por la abogada ZOILA ROSA FONSECA BUENDIA, Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público Acarigua, contra la decisión dictada en fecha 07 de junio de 2008, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, mediante la cual se le otorgo a los imputados Henry Jesús Ruiz Mota y Juan Agustín Mendoza medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos HENRY JESÚS RUIZ MOTA y JUAN AGUSTIN MENDOZA, y en consecuencia se decreta med.....