En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en el presente juicio de Enriquecimiento ilícito seguido por el ciudadano, GIUSEPPE ANTONIO RUSSO NASTASI, actuando en nombre y representación de la empresa CENTRO CAUCHOS VENEZUELA CA. (CECAVEN), contra la entidad BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, se declara competente por razón de la materia al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, al cual se declina la competencia para el conocimiento de la presente causa.
Se declara con lugar la apelación de la parte demandada y queda así revocada la decisión proferida por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del esta.....