En fuerzas de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la pretensión de DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por el RAFAEL ANDRES AGUIN ESCOBAR, en su carácter de apoderado de su padre RAFAEL TORIBIO AGUIN FAJARDO, asistido por el Abogado DOUGLAS AGUIN ESCOBAR, contra la ciudadana NELYS MARIBEL ESCOBAR ABREU, ambos identificados.
Se declara con lugar la apelación del Apoderado Judicial de la parte demandada, Abogado LINO JAVIER BASTIDAS OLMOS y queda revocada la decisión proferida Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa de fecha 31 de enero de 2018.
No hay Imposición de costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, .....