En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el Decaimiento del objeto de la pretensión interdictal restitutoria, incoada por el ciudadano ESTEBAN JOSE VASQUEZ HERNANDEZ, contra los ciudadanos YURI COROMOTO VASQUEZ, DELBYS ESTEBAN VASQUEZ ALDANA y JHONNY RODRIGUEZ, ambos identificados.
No hay imposición de costas por la naturaleza del fallo.