Por todas las consideraciones y fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de este Primer Circuito y de esta Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando como Tribunal Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la actora: Agropecuaria La Ñapa, C.A., identificada en autos y representada judicialmente por su presidente, ciudadano Jorge Hernández Abraham, también identificado en auto, contra el fallo dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de este Primer Circuito y de esta Circunscripción Judicial, dictado en fecha: 16 de septiembre de 2009 y conforme al cual había declarado sin lugar la demanda de cumplimiento contractual y daños y perjuicios y en consecuencia queda revocado el mismo. Con fundamento en las razones precedentemente expuestas, .....