En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar, la pretensión de partición y liquidación de bienes de la comunidad conyugal, incoada por la ciudadana AMERICA CRISTINA LINARES PÉREZ, contra el ciudadano VICTOR JOSÉ DELGADO, ambos identificados.
En consecuencia, ha lugar a la partición y liquidación de los siguientes bienes comuneros propiedad de las partes:
A) Un casa y el terreno donde está edificada dicha bienhechurías, situado en la Calle 19 de esta ciudad de Guanare, con una superficie de setenta y cinco metros cuadrados (75,oo mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: Norte, Carrera 1; Sur, solar y casa de María Pérez; Este, solar y casa de Carmen Pimentel.....