En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible, la apelación formulada por la por el demandado, ciudadano EDGAR ALEXANDER MEJÍAS MEJÍA, en el presente juicio de cobro de bolívares en vía intimatoria, que le sigue la Abogada LILIANA DEL CARMEN YÉPEZ P., en su condición de mandataria por procuración de la sociedad mercantil RADIO UNIVERSAL FM , C.A., ambos identificados.
En consecuencia, queda revocado el auto de fecha 30-05-2011, que admitió la apelación de la parte demandada, quedando así firme y con efectos de cosa juzgada la sentencia definitiva proferida por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa de fecha 24-05-2011.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.