En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar, la inhibición formulada por la Abogada MARÍA ELENA BRICEÑO BAYONA, Jueza del Tribunal Primero del Municipio Guanare de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa.
Publíquese, regístrese y remítase copia certificada de esta decisión al referido Tribunal y al Juzgado Segundo del Municipio Guanare de este mismo Circuito Judicial, donde cursa la causa principal. Líbrese oficios.