En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial el Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la pretensión de impugnación o desconocimiento de paternidad legítima, incoada por el ciudadano PINO DEOSEPPI MONAGAS MEDINA, en contra de ciudadano JOSE DE LOS SANTOS MONAGAS y los herederos de la causante GUADALUPE DEL CARMEN MEDINA MONAGAS, ciudadanos: FELIX JOSE MONAGAS MEDINA, ANGEL YONES MEDINA y MARIELA DEL CARMEN MONAGAS ZABALA, declarándose en consecuencia, que el demandante no es el hijo biológico del codemandado ciudadano JOSE DE LOS SANTOS MONAGAS, ambos identificados.
SEGUNDO: Con Lugar, la pretensión de inquisición o reconocimiento de paternidad, incoada por el ciudadano PINO DEOSEPPI MONAGAS MEDINA, contra los ciudadanos MARIA IRENE GRATEROL DE VALERA,.....