En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar, la pretensión de cumplimiento de contrato de obra, incoada por el ciudadano ORLANDO ANTONIO LOPEZ MONTAÑA, contra la sociedad mercantil EMPRESA AGARCA C.A., ambos identificados.
En consecuencia se condena a la demandada a cancelar al actor en forma indexada la suma de Ochenta y Nueve Mil Trescientos Bolívares (Bs. 89.300,oo) por concepto de remanente de ejecución de contrato de obra; igualmente, cancelará los intereses moratorios calculados a la tasa del tres por ciento (3 %) sobre dicho saldo deudor, y para la determinación de los intereses y la aplicación del método de la corrección monetaria, se acuerda una experticia co.....