En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara La Extinción del proceso, en el presente juicio de divorcio con fundamento en el ordinal 2º del artículo 185 del Código Civil, seguido por la ciudadana MARIA GRAZIA CAPRIOGLIO ZAMBRELLI, contra el ciudadano SILVIO DE JESUS MORA OCHOA
En consecuencia, queda revocada la sentencia definitiva, proferida en fecha 02-04-2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de este Primer Circuito Judicial.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.