En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la pretensión de Oferta Real de Pago y Deposito de la Sociedad Mercantil "GRUPO PALMA S.A.", contra el ciudadano FREDDY ANTONIO MEJÍAS, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación formulada por la parte actora y queda modificada en los términos expuestos, la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa de fecha 20-04-2016.
Se condena en costas a la parte actora por mandato del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.