Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la recusación interpuesta por el abogado Carlos Roberto González Morón, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Luís Alberto Olmos Valecillos, contra el Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, abogado JOSÉ GREGORIO MARRERO CAMACHO, mediante escrito de fecha 08/01/2013.
SEGUNDO: Debe el juez recusado, abogado José Gregorio Marrero Camacho, seguir en el conocimiento de la causa que por Cobro de Bolívares (vía intimatoria), sigue la ciudadana María La Cruz Rojas, contra el ciudadano Luís Alberto Olmos Valecillos.
TERCERO: De.....