Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia Transitoria de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 29/09/2010 por la abogada Noelia Josefina Rojas Jaime, en su carácter de apoderada de la actora, contra el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, extensión Acarigua en fecha 17/09/2010, que declaró extinguido el procedimiento.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto dictado por el a quo en fecha 17/09/2010.
TERCERO: No hay condenatori.....